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Arraigo para Formación

Arraigo para Formación

Nueva regularización de extranjeros en España en 2022: Residencia por Arraigo para Formación. Nueva figura contemplada en nuestro Nuevo Reglamento de Extranjería.

Aprobado el borrador de la nueva Ley de Extranjería en España en el año 2022. El Gobierno viene trabajando hace meses en un nuevo borrador de la Ley de Extranjería, el cual ha aprobado durante este año 2022, con la finalidad de adaptar la normativa actual de Extranjería a las nuevas exigencias del mercado laboral.

El nuevo borrador entrará en vigor a finales de este mes de Agosto y como novedades importantes establece una nueva regularización de inmigrantes por la nueva vía del Arraigo para Formación.

Te contamos todos los detalles y requisitos de solicitud a continuación:

¿Cómo solicitar el Arraigo para Formación?

Podrán solicitar una autorización de residencia por razones de arraigo para la Formación aquellos extranjeros que acrediten los siguientes requisitos:

1. Requisitos esenciales

  • La permanencia continuada en España durante un periodo mínimo de dos años.
  • La carencia de antecedentes penales en España y en su país de origen o en el país o países en que haya residido durante los últimos cinco años.
  • El compromiso de realizar una formación reglada para el empleo o una formación conducente a la obtención de un certificado de aptitud profesional por un plazo de 12 meses.

2. Documentos a aportar

  • Pasaporte en vigor del solicitante. Se ha de aportar el pasaporte completo (todas las hojas).
  • Certificado de empadronamiento histórico que acredite el tiempo de residencia continuada en España.
  • Certificado de antecedentes penales del País de origen apostillado (debe tener una vigencia mínima de 90 días).
  •  Compromiso de realización de la formación. 

3. Procedimiento

  • Sujeto legitimado para presentar la solicitud: el extranjero personalmente o mediante representación.
  • Lugar de presentación: Oficina de Extranjería de la Provincia donde el extranjero resida.
  • Plazo de resolución del expediente: 3 meses desde la presentación de la solicitud.
  • Una vez que la Oficina de Extranjería realice la notificación de la concesión de la autorización, el solicitante deberá aportar la acreditación de la matriculación en el curso de formación correspondiente.

¿Quiénes somos? Somos Abogados especializados en realizar solicitudes de residencia y de nacionalidad española.

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